
¿QUE ES EL TRIBUTO UNICO ?
Es un impuesto establecido por Ley para aquellas personas que se dedican a la realización de actividades en forma de empresa unipersonal, entendiéndose por esta, a aquella que pertenece a una sola persona, en el cual para realizar su actividad utiliza en forma conjunta el Capital (Dinero, Bienes, Recursos) y el Trabajo (Actividad que requiere un esfuerzo físico o intelectual ) para ganar dinero. |
• Carpintería. |
¿QUIÉNES SON CONTRIBUYENTES ?
Todas las empresas unipersonales, es decir, aquellas que pertenecen a una sola persona física, en el cual, para realizar su actividad, utiliza en forma conjunta el Capital (Dinero, Bienes, Recursos) y el Trabajo (Actividad que requiere un esfuerzo físico o intelectual ) para ganar dinero. Deben estar domiciliadas en el país y sus ingresos del año 2005 no deben superar los Gs.52.389.833 (Guaraníes cincuenta y dos millones trescientos ochenta y nueve mil ochocientos treinta y tres). |
Las sociedades, con o sin personería jurídica, no son contribuyentes de este impuesto, tampoco los profesionales independientes que se dediquen a su actividad profesional. |
¿CÓMO LIQUIDAR EL IMPUESTO ?
Este impuesto es de carácter anual y abarca desde el primero de enero hasta el treinta y uno de diciembre de cada año. La liquidación se realiza mediante una Declaración Jurada que se puede adquirir en la SET o en los lugares habilitados, que tiene como número el 804 y deben ser presentados durante el mes de marzo, conforme a la última posición de su identificador RUC, en los lugares habilitados. |
d) Compras de mercaderías, así como otras adquisiciones y otros gastos, excluidos los financieros. e) Una utilidad presunta que se obtiene de aplicar el 30% sobre las compras de las mercaderías.
¿Cuánto se paga? Se determina aplicando la tasa del impuesto, que es del 4%, sobre los ingresos presuntos o reales. Determinado el impuesto, se puede descontar hasta el 50% del Impuesto al Valor Agregado, incluido en los documentos de compras de bienes o servicios afectados a la actividad gravada. ¿Quiénes no son contribuyentes? Los contribuyentes del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado. |